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Novedades en materia de igualdad

El pasado 13 de octubre de 2020 se aprobaron dos reales decretos que aumentan el contenido de la legislación en materia de igualdad. Baker & Tilly nos preparó un resumen de las novedades en Materia de Igualdad para visualizar de forma clara y concreta el punto de partida.
Teniendo como precedentes la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Real Decreto-Ley 06/2019, que vendría a modificar la anterior Ley en lo relativo a las oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, se hizo necesaria la concreción y desarrollo en algunos aspectos, lo que dio origen a la publicación de dos nuevos Reales Decretos, que entraron
en vigor el pasado 14 de enero de 2021.
El Real Decreto 901/2020, nos da una descripción más amplia y desarrollada del contenido mínimo de los planes de igualdad, así como las pautas para su diagnóstico, negociación, evaluación y seguimiento. Extiende el ámbito de aplicación al personal de puesta a disposición, y la posibilidad de un único plan para empresas del grupo. Se establece también los aspectos relacionados con su negociación en cuanto a composición y competencias, quedando excluidas las comisiones ad hoc hasta ahora admitidas.
Por su parte, el Real Decreto 902/2020, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, nos da las pautas para la elaboración del registro salarial obligatorio y la auditoría salarial contenida en los planes de igualdad. Para ello determina los aspectos a considerar para realizar una correcta valoración de los puestos de igual valor, que permitirá hacer una comparación significativa y detalla, así como el contenido, que nos mostrará si existe brecha salarial, siendo obligatoria una justificación en empresas de más de 50 en plantilla y brecha superior al 25%. Regula además el derecho a la información por parte de la RLT y las personas trabajadoras. En cuanto a la auditoría salarial, establece los sistemas de análisis, corrección de la brecha y la negociación.
El plazo para el complimiento de las diferentes obligaciones queda fijado como se indica:
Diagnóstico, negociación y contenido del Plan de Igualdad y/o adaptación
-Empresas de 151 o más personas empleadas: Adaptación hasta el 14/01/2022
-Empresas de 101 a 150: Exigible desde el 07/03/2021 o adaptable hasta el 14/01/2022
-Empresas entre 50 y 100: Exigible desde el 07/03/2022
Auditoria salarial conforme al RD 902/2020
-Empresas de 101 o más personas empleadas: Exigible desde el 14/04/2021, y adaptación hasta 14/04/2022
-Empresas de 50 a 100: 07/03/2022. Registro Salarial conforme al RD 902/2020
Para todas las empresas exigible desde el 14/04/2021 Negociación y registro de los planes de igualdad: Formación mesa negociadora: 3 meses desde el nacimiento de la obligación. Negociación: 1 año desde la formación Registro: 15.
Además de los dos Reales Decretos, el Gobierno ha publicado el pasado mes de abril en la web del Ministerio una herramienta para la elaboración del registro retributivo, así como otras ayudas a las empresas. Con todo ello, las empresas podrán no solo cumplir con la normativa y evitar sanciones, sino fortalecer los vínculos con la fuerza productiva y clientes, siendo una oportunidad para organizar mejor la empresa y mejorar la imagen, sin obviar la evidente contribución a formar una sociedad más justa y democrática.